El Municipio de Gálvez informa que, por Decreto N°414/20, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe ha reglamentado nuevas actividades que serán exceptuadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Actividad Aseguradora: a puertas cerradas, con la dotación mínima de personal necesario, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo, en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota; no pudiendo excederse en el horario de cierre de los locales de las diecinueve (19) horas.
b) Permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social — Lotería de Santa Fe: cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y el distanciamiento social en las filas que se formen y en el interior de los locales comerciales; de lunes a sábado, ambos inclusive, en los días y horarios que las autoridades de la Caja de Asistencia Social — Lotería de Santa Fe, establezcan para cada localidad, previo asentimiento del Ministerio de Salud de la Provincia.