GÁLVEZ, 15 de marzo de 2020.
DECRETO Nº 5113
VISTO:
La situación de Emergencia sanitaria existente a nivel internacional, nacional y provincial, con motivo de la pandemia provocada por el coronavirus (Covid 19); y
CONSIDERANDO:
Que, el presidente de la Nación, en el día de la fecha dispuso nuevas medidas, en consonancia con las tomadas a nivel internacional, tendientes a minimizar la propagación del virus;
Que, el Gobierno de la Provincia, dispuso, asimismo, medidas complementarias, a las ya difundidas con anterioridad;
Que, las disposiciones recientes refieren a la suspensión de clases, el cierre de las fronteras, la licencia de empleados mayores de 65 años o diabéticos, insulinodependientes, agentes con insuficiencias cardíacas, EPOC, inmunodeprimidos, pacientes en terapia oncológica y embarazadas a sus lugares de trabajo, hasta el 31 de marzo próximo;
Que, además, se dispuso el cierre de los casinos, teatros, espacios culturales, cines, y se recomienda adopción de idéntico criterio a los municipios en lo atinente a shoppings, confiterías bailables, fiestas particulares, etc;
Que, este Municipio, considera pertinente adoptar todas las medidas necesarias para evitar el contagio de esta grave enfermedad, por lo que, se hace menester prestar adhesión a las nuevas disposiciones de la Nación y de la provincia;
Por todo ello, el Señor Intendente Municipal de la ciudad de Gálvez, en uso de las facultades que le son propias:
DECRETA
ART.1º)-ADHERIR a las medidas dispuestas a nivel nacional y provincial, para evitar la propagación de la enfermedad provocada por el coronavirus (Covid 19).
ART. 2º) SE DISPONE:
• Suspender en el ámbito del Municipio de Gálvez, toda actividad cultural, educativa, deportiva, recreativa y social, tanto pública como privada.
• Otorgar licencia a los empleados mayores de 65 años o diabéticos, insulinodependientes, agentes con insuficiencias cardíacas, EPOC, inmunodeprimidos, pacientes en terapia oncológica y embarazadas, hasta el 31 de marzo próximo.-
ART.3º)-RECOMENDAR a la población en general, como medida preventiva, el distanciamiento entre personas , tendientes a reducir el contacto, a fin de que la trasmisión sea la menor posible, como así también apelamos a la responsabilidad ciudadana tendiente al cumplimiento de las medidas ya que la salud es un tema de todos
ART. 4º) El Municipio a través de las áreas pertinentes realizará los controles a fin del cumplimiento de esta medida. Ante cualquier duda, consulta y/o denuncia comunicarse a la Dirección de Control Urbano, sita en el segundo piso del Palacio Municipal.
ART. 5º) El Decreto tendrá vigencia hasta la sanción de nuevas disposiciones relacionadas a situación de Emergencia sanitaria por coronavirus.-
ART. 6º)-PUBLÍQUESE. COMUNÍQUESE. REGÍSTRESE. ARCHÍVESE. ---------