GALVEZ, 16 de Abril de 2020.-
DECRETO Nº 5132
VISTO:
El Decreto N° 347/20, a través del cual el Gobierno Provincial regula el uso del “Barbijo Social” en todo el territorio santafesino, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Junta de Defensa Civil, la Ciudad de Gálvez, ha adherido y acompañado cada una de las medidas y normativas adoptadas por los niveles superiores de gobierno.
Que existe consenso científico en que, una de las principales características del CORONAVIRUS COVID-19, es su alta capacidad de transmisibilidad y de contagio, la que está presente aún en personas que, contagiadas del virus, son asintomáticas.
Que, dada la gravedad de esta pandemia, es necesario aceptar minuciosamente cada medida adoptada y aplicarla bajo los mismos parámetros que establecen las normativas superiores.
Que, a fin de no generar una situación caótica en la búsqueda y consecución de barbijos sociales por parte de la comunidad, se considera importante dar un plazo de un día para la implementación de la medida.
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias, el Sr. Intendente Municipal;
DECRETA
Art. 1°).- ADHERIR en su totalidad al DECRETO PROVINCIAL N°347/20.
Art. 2°).- Los alcances de la citada normativa serán de aplicabilidad en el territorio de la Ciudad de Gálvez, a partir de las 00:00 horas del día 17 de abril de 2020.
Art. 3°).- COMUNIQUESE. PUBLIQUESE. REGISTRESE. ARCHIVESE.-